El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por el ex mandatario Alberto Fujimori Fujimori, al considerar que la Corte Suprema no vulneró su derecho a la pluralidad de la instancia.
La defensa del ex mandatario sostenía que esta vulneración se dio como consecuencia de no habérsele permitido acceder a una segunda instancia en el incidente de recusación que había planteado contra los vocales supremos que confirmaron su sentencia condenatoria (25 años por los casos Barrios Altos y La Cantuta). Con el hábeas corpus se buscaba anular la ratificación de la sentencia.
No obstante, el TC consideró que tal derecho no implica la existencia de una segunda instancia en tales circunstancias, a menos que se haya previsto. Como eso no ocurrió, ni tampoco la Corte Suprema “ha reconocido su existencia por vía interpretativa”, a juicio del TC “su inexistencia no supone una violación del derecho a la pluralidad de la instancia”.
Fujimori también consideraba vulnerado su derecho a la igualdad, alegando la existencia de casos en los que, supuestamente, la Corte Suprema sí había reconocido la segunda instancia. Sin embargo, el colegiado concluyó que los casos no eran idénticos.
En consecuencia, el Tribunal encontró como plenamente constitucionales las resoluciones supremas cuestionadas en la demanda.
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